Texto oficial
Artículo 5.2.3. Los funcionarios de la Dirección de
Obras Municipales, el Revisor Independiente y el Inspector
Técnico, tendrán libre acceso a las obras con el fin de
verificar el cumplimiento de las disposiciones anteriores.
Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8201 / 100008995.