Texto oficial
Artículo 6.5.3. Los métodos de cálculo de
estructuras serán los indicados en las normas del Instituto
Nacional de Normalización o los que determine el Ministerio
de Vivienda y Urbanismo, de acuerdo con las normas
especiales. Dichas normas deberán aceptar el empleo de
métodos especiales de cálculo, exigiéndose en estos casos
un completo control de la calidad de los materiales por
parte de un laboratorio de ensayes responsable y que se deje
establecido dicho método en la memoria explicativa.