Texto oficial
Artículo 1.2.13. Se entenderán incorporadas al
contrato de compraventa, las condiciones ofrecidas en la
publicidad vigentes al momento del cierre del negocio,
promesa de compraventa o compraventa, según corresponda. De
concurrir en un mismo caso las tres operaciones antes
mencionadas lo dispuesto en este artículo se aplicará
respecto de la primera de dichas operaciones.
Toda publicidad se entenderá que es indefinida, salvo
que se señalare su plazo de vigencia.