Texto oficial
Artículo 1.4.15. Toda obra de urbanización o
edificación deberá ejecutarse con sujeción estricta a los
planos, especificaciones y demás antecedentes aprobados por
la Dirección de Obras Municipales.
Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8201 / 100018398.