Texto oficial
Artículo 5.1.28. El Ministerio de Vivienda y Urbanismo
podrá autorizar los siguientes proyectos tipo junto con sus
respectivas especificaciones técnicas:
a) Proyectos tipo de edificaciones no industrializadas,
destinadas a vivienda o a equipamiento de escala vecinal,
que cuenten con la aprobación previa del Servicio de
Vivienda y Urbanización o de la municipalidad
correspondiente.
b) Proyectos tipo de edificaciones industrializadas con
destino vivienda, de acuerdo con los requisitos técnicos
que, mediante resolución, fije el Ministerio de Vivienda y
Urbanismo.
La solicitud de autorización de los proyectos
señalados en el literal a) deberá ser presentada ante la
respectiva Secretaría Regional Ministerial de Vivienda y
Urbanismo. La solicitud de autorización de los proyectos
señalados en el literal b) deberá ser presentada ante el
Ministerio de Vivienda y Urbanismo.
A la solicitud de autorización de cualquiera de los
proyectos tipo a los que refiere este artículo, se deberán
presentar los siguientes antecedentes:
1. Documento en que conste la aprobación previa del
proyecto tipo de edificación no industrializada, otorgada
por el Servicio de Vivienda y Urbanización o la
municipalidad, tratándose de un proyecto que corresponda a
la letra a).
2. Planos de arquitectura suscritos por el arquitecto
del proyecto tipo, los que deberán contener:
- Plantas de todos los pisos, debidamente acotadas,
señalando el o los destinos contemplados y los accesos para
personas con discapacidad, cuando corresponda. Las cotas
deberán ser suficientes para permitir calcular la
superficie edificada de cada planta.
- Cortes y elevaciones que ilustren los puntos más
salientes de la edificación, sus pisos y niveles
interiores, y la altura de la edificación. Los cortes
incluirán las escaleras y ascensores si los hubiere, las
cotas verticales principales y la altura libre bajo las
vigas.
- Planta de cubiertas.
- Cuadro de superficies, indicando las superficies
parciales necesarias según el tipo de proyecto y cálculo
de carga de ocupación de acuerdo con estas superficies y
los destinos contemplados en el proyecto.
3. Especificaciones técnicas de las partidas
contempladas en el proyecto, suscritas por el arquitecto del
proyecto tipo, especialmente las que se refieran al
cumplimiento de normas de habitabilidad, seguridad general y
seguridad contra incendio previstos en esta Ordenanza.
4. Proyecto de cálculo estructural, cuando corresponda,
de acuerdo con el artículo 5.1.7. de esta Ordenanza,
suscrito por un ingeniero civil o por un arquitecto.
5. Informe favorable del Revisor de Proyecto de Cálculo
Estructural, cuando corresponda su contratación, de acuerdo
con el artículo 5.1.25. de esta Ordenanza.
6. Proyectos de instalaciones interiores de agua potable
y alcantarillado, y de instalaciones interiores de
electricidad, gas o telecomunicaciones, cuando corresponda.
7. Carpeta de Ascensores e instalaciones similares,
cuando el proyecto tipo cuente con alguno de estos equipos y
Estudio de Ascensores, cuando corresponda, de acuerdo con el
artículo 4.1.11. de esta Ordenanza.
Cuando se solicite el permiso de edificación de un
proyecto tipo ante la respectiva Dirección de Obras
Municipales, deberán presentarse los antecedentes
requeridos por los artículos 5.1.6. y 7.2.3. de esta
Ordenanza, según corresponda, pudiendo reemplazar solo los
documentos equivalentes a los singularizados en el inciso
anterior. Para estos casos, la solicitud de permiso será
suscrita por el propietario y el constructor.
Para estos efectos, se entenderá por proyectos tipo,
conforme a lo dispuesto en el decreto ley N° 1.305,
aquellos aprobados por los Servicios de Vivienda y
Urbanización o las Municipalidades, junto con sus
especificaciones técnicas, conforme a los requisitos
establecidos en esta Ordenanza, los cuales una vez aprobados
podrán ser construidos sin necesidad de contar con
proyectos específicos de acuerdo con lo previsto en este
artículo. En el caso de viviendas industrializadas, estas
corresponden a una especie de proyecto tipo, y están
compuestos por elementos prefabricados de forma
estandarizada y modularizada, bajo una secuencia de
fabricación en serie.