Texto oficial
Artículo 7.3.2. Las recepciones o las declaraciones
juradas de término de ejecución, a las que se refiere este
Capítulo, no requerirán autorizaciones o pronunciamientos
de otros organismos del Estado, salvo que se trate de
modificaciones de cauces a los que se refiere el artículo
116 bis D) de la Ley General de Urbanismo y Construcciones.