Saltar al contenido

Artículo 3.2.6 (DEL ART. PRIMERO) del Decreto 47

Fija nuevo texto de la ordenanza general de la ley general de urbanismo y construcciones

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 8201 · idParte: 8733731

Texto oficial

Artículo 3.2.6. Para los efectos de determinar la calidad de los pavimentos de calzadas en calles y pasajes, que se emplean en las urbanizaciones de conjuntos de viviendas sociales y cooperativas de viviendas, se estará al siguiente orden de menor a mayor: 1. Carpeta de concreto asfáltico en frío. 2. Pavimentos articulados. 3. Carpetas de concreto asfáltico en caliente. 4. Pavimentos de hormigón de cemento vibrado.