Texto oficial
Artículo 4.5.13. Las puertas de los recintos docentes
y de los recintos de los hogares estudiantiles no podrán
ser de correderas, deberán abatirse hacia afuera del
recinto y de modo que no interrumpan la circulación.
El ancho mínimo de la hoja de puerta será el que se
indica en la tabla siguiente, debiendo consultarse dos
salidas, de una o dos hojas indistintamente, cuando la
superficie exceda los 60 m2, debiendo distar entre sí, a lo
menos 5 m.
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|NIVEL DE LOCAL ESCOLAR |ANCHO MINIMO DE PUERTA |
| |_____________________________|
| | 1 Hoja | 2 Hojas |
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|Parvulario | 0,80 m | 0,60 m cada |
| | | hoja |
|_______________________|____________|________________|
|General Básico, Medio, | | |
|Superior, Educación | | |
|de Adultos y Hogar | | |
|Estudiantil. | 0,90 m |0,60 m cada |
| | | hoja |
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En los hogares estudiantiles, los dormitorios con
capacidad de hasta 40 alumnos, deberán contar, a lo menos,
con dos salidas de un ancho mínimo de 0,90 m cada una.
Sobre los 40 alumnos, una de las puertas consultará 2 hojas
de 0,60 m cada una. Por cada 40 alumnos adicionales se
deberá consultar, además, otra puerta de 0,90 m de ancho.
Estas puertas deberán ubicarse distanciadas, de manera de
garantizar una evacuación alternativa.