Texto oficial
Artículo 4.7.19. No podrá haber gradas o peldaños en
el piso de la sala principal ni en el de los vestíbulos,
pasillos y corredores ligados con ellos. Las diferencias de
nivel se salvarán con planos inclinados de pendiente no
mayor de 10%. Para rampas de más de 10 m de desarrollo, la
pendiente disminuirá proporcionalmente.
Sin perjuicio de lo anterior, cuando el sistema de
proyección corresponda a pantalla panorámica, regirán las
siguientes disposiciones para el piso de la platea,
escaleras y escapes:
1. El plano inclinado del piso de la platea tendrá una
pendiente máxima del 15%.
2. Si se produjeran pendientes mayores se salvarán con
gradas que se distribuirán uniformemente en la parte del
pasillo de mayor pendiente.
3. Se permitirá soluciones mixtas de rampas y gradas,
si se adoptan sistemas especiales, de iluminación que
señalen cada grada y comunicando, separadamente, al
"Escape", la zona de gradas y la zona de rampa.
4. Los pasillos centrales de platea se comunicarán con
el foyer, sin producir cambios de dirección.
5. Las escaleras tendrán una sola dirección y
comunicarán directamente a la calle o espacios públicos
comunicados con ella. Sus tramos serán rectos, de no más
de 16 gradas por tramo y en que se cumpla la relación de 2h
+ a = 0,62 m.
6. Regirán, además, todas las disposiciones del
presente Capítulo que no se contrapongan a las aquí
enunciadas.