Texto oficial
Artículo 5.4.6. Cada edificio se construirá, en
general, como un cuerpo o conjunto de cuerpos aislados con
sus muros propios independientes, y los edificios en que la
acción sísmica deba asimilarse a una vibración
horizontal, no podrán construirse formando un sólo cuerpo
con los edificios vecinos, salvo que se trate de edificios
calculados expresamente para vibrar en conjunto con sus
vecinos.