Texto oficial
Artículo 2°.- Dentro del plazo de los 90 días, contados, desde la fecha de publicación de este decreto el Ministerio de Educación Pública deberá implementar las medidas a que se refiere el artículo 16 de este Reglamento.
Aprueba reglamento para la aplicacion de la ley n° 18.600 sobre deficientes mentales
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8224 / 7134616.