Texto oficial
Artículo 39°.-
Las propuestas serán recibidas por la Comisión de
Apertura en un acto público, que se realizará el día,
hora y lugar establecidos en el llamado a Concurso, en las
Bases o en sus aclaraciones.
La Comisión de Apertura será presidida por el
Director Nacional o el Secretario Regional Ministerial, o
por quienes ellos designen y estará integrada además por
dos profesionales nombrados por el Director Nacional o por
el Secretario Regional Ministerial, según corresponda.
Al termino del acto de recepción de antecedentes y
apertura de las Ofertas Técnicas se levantará el acta
respectiva. En esta oportunidad se deberá abrir solamente
sobre Oferta Técnica y se procederá a verificar que dicho
documento incluya todos los antecedentes solicitados.
Las Ofertas Técnicas que no incluyan todos los
antecedentes o que presenten omisiones evidentes serán
rechazadas, devolviéndose la Oferta Económica respectiva,
dejando constancia en el acta de apertura.
Los sobres de las Ofertas Económicas, debidamente
sellados por la Comisión de Apertura, permanecerán en
custodia por la Dirección respectiva, hasta el momento de
haber seleccionado definitivamente las propuestas aceptadas
técnicamente, de acuerdo al procedimiento establecido en el
Título IV.