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Artículo 1 del Decreto 55

Establece normas de emision aplicables a vehiculos motorizados pesados que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8364 / 7135101.

Texto oficial

Artículo 1°.- Para los fines del presente decreto, las frases que se indican a continuación, tendrán el significado que en cada caso se indica: a) Norma de emisión: valores máximos de gases y partículas que un motor o vehículo puede emitir bajo condiciones normalizadas, a través del tubo de escape o por evaporación. b) Vehículo motorizado pesado: vehículo motorizado destinado al transporte de personas o carga, por calles y caminos, y que tiene un peso bruto vehicular igual o superior a 3.860 kilogramos. c) Familia de tipo/modelo: conjunto de modelos de una misma marca y/o que son construidos por el mismo fabricante, que tienen a lo menos tres de los siguientes grupos de especificaciones iguales (1) peso bruto vehicular, (2) diposición de ejes, número de ruedas por eje y tipo de tracción, (3) distancia entre ejes y (4) cilindrada del motor y número de cilindros. Para los efectos de la definición, se aceptará una tolerancia del 8% para el peso bruto vehicular, distancia entre ejes y cilindrada del motor.