Texto oficial
Artículo 3° La Comisión tendra las siguientes
funciones:
a) Designar los miembros de los Comités por Area que
corresponda;
b) Evaluar los proyectos presentados para ser
financiados por el Fondo;
c) Designar evaluadores externos de los proyectos cuando
fuere necesario;
d) Seleccionar los proyectos que serán financiados por
el Fondo y asignar los montos respectivos.