Texto oficial
Artículo 12° Los proyectos deben presentarse en cuatro
ejemplares, escritos a máquina, o letra imprenta. Las
personas naturales o representantes legales de las personas
jurídicas recibirán un comprobante de recepción de su
proyecto, en el que constará el nombre del proyecto, la
individualización de los autores y la fecha de recepción.
Además, si corresponde, deberán adjuntarse los
convenios o cartas de compromiso que suscriban con terceros
para la realización y/o financiamiento en conjunto de los
proyectos.