Texto oficial
Primero.- Introdúcense en el artículo que se señala del Código Orgánico de Tribunales, las siguientes modificaciones:
Artículo 198.- En el inciso final, reemplazado por el Decreto Ley No. 1.417, se sustituyen los guarismos "1.572" y "1.175", por "2.004" y "1.498", respectivamente;