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Artículo 6 del Decreto 755

Aprueba reglamento de la ley nº 19.532, que crea el regimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 88581 / 7223107.

Texto oficial

Artículo 6º.- El Departamento Provincial de Educación respectivo tendrá un plazo de 15 días para resolver sobre la solicitud a que se refiere el artículo anterior, pudiendo aprobarla o rechazarla. La respectiva resolución se notificará al sostenedor por carta certificada enviada al domicilio del establecimiento registrado en el Ministerio.