Texto oficial
Artículo 30.- La presentación de la solicitud de
ingreso se hará en formularios especiales entregados por el
Ministerio de Educación para este efecto, en triplicado y a
máquina o en forma manuscrita siempre que sea legible. Uno
de los ejemplares quedará en poder de la Secretaría
Regional Ministerial de Educación, otro en el Departamento
Provincial de Educación y el tercero será la copia para el
sostenedor.