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Artículo 56 del Decreto 755

Aprueba reglamento de la ley nº 19.532, que crea el regimen de jornada escolar completa diurna y dicta normas para su aplicacion

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 88581 / 7223164.

Texto oficial

Artículo 56.- Los establecimientos que atiendan a sus alumnos en más de una jornada escolar diurna percibirán el 50% de la subvención a que se refiere este título. De la misma manera, si en un mismo local escolar funciona en jornada diurna más de un establecimiento del mismo o diferentes sostenedores, cada establecimiento percibirá por alumno el 50% de la subvención a que se refiere este título.