Texto oficial
Artículo 122.- Para evaluar la proporción de
financiamiento propio se aplicará la siguiente regla:
El costo total del proyecto podrá ser financiado por
dos componentes, un aporte solicitado y un financiamiento
propio. Para este efecto la relación entre ambos será el
cuociente que resulte de dividir el monto del aporte propio
por el costo total del proyecto. Este factor se
estandarizará en cada concurso, asignando el valor 100 al
proyecto cuyo factor sea mayor y 1 al proyecto con el menor
factor. A los restantes proyectos que concursen se les
asignará el puntaje proporcional que resulte de la simple
interpolación lineal entre ellos.