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Artículo 18 del Decreto 87

Aprueba reglamento de protección fisica de las instalaciones y de los materiales nucleares

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 8966 / 5892238.

Texto oficial

Artículo 18°.- Los materiales nucleares de la catergoría II deben utilizarse o almacenarse dentro de una zona protegida.