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Artículo 1 del Decreto 54

Autoriza instalacion de recintos ubicados fuera de la zona franca de iquique para establecimiento de industrias que indica

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 89983 / 6084275.

Texto oficial

Artículo 1°.- Autorízase la instalación de recintos fuera del perímetro de la Zona Franca de Iquique y dentro de la I Región para el establecimiento y explotación, bajo el régimen de Zona Franca, de industrias destinadas a la refinación y envasado de aceites vegetales comestibles.