Texto oficial
Artículo 4º.- El personal que actualmente ocupa un
cargo en extinción adscrito a la planta por aplicación del
artículo 2º transitorio de la ley Nº 18.972, mantendrá
inalterable su situación, no obstante la fijación de la
nueva planta contenida en esta ley, entendiéndose que
dichos cargos quedan adscritos, por el solo ministerio de la
ley, a la nueva planta. Asimismo, tendrá derecho a los
beneficios que otorga el Título siguiente.