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Artículo SEPTIMO de la Ley 19.549 · Modifica el regimen juridico aplicable al sector de los servicios sanitarios

Modifica el regimen juridico aplicable al sector de los servicios sanitarios

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 92808 · idParte: 8893950

Texto oficial

Artículo séptimo.- Facúltase al Presidente de la República para dictar un decreto con fuerza de ley con el objeto de refundir, coordinar y sistematizar el texto del decreto con fuerza de ley Nº 382, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas; del decreto con fuerza de ley Nº 70, de 1988, del Ministerio de Obras Públicas, y de la ley Nº 18.902.