Texto oficial
Primero.-
Introdúcense en el artículo que se señala del
Código Orgánico de Tribunales, las siguientes
modificaciones:
Artículo 198.-
En el inciso final, reemplazado por el Decreto Ley
número 1.417, se sustituyen los guarismos "1295" y "988",
por "1.572" y "1.175", respectivamente.