Texto oficial
Tercero.-
Introdúcense las siguientes modificaciones al Código
de Procedimiento Penal:
Artículo 245.-
En el inciso quinto se reemplaza "43.262" por "$
52.520".
Artículo 537.-
Se reemplazan "$ 964" "$ 521" y "$ 203", por "$ 1.147",
"$ 632" y "$ 246", respectivamente.
Se deja constancia, que conforme a lo dispuesto en la
Ley No. 18.705, publicada en el Diario Oficial de 24 de Mayo
de 1988, las cantidades que se expresaban en pesos en los
artículos 88, 118, 165, 767 y 801 del Código de
Procedimiento Civil, se determinarán -a partir del 24 de
Julio de ese año- en unidades tributarias mensuales.-