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Artículo 4 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Modifica el estatuto del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 97534 / 7231946.

Texto oficial

Artículo 4º.- El encasillamiento de todo el personal en su nuevo grado que resulte de la aplicación de las modificaciones introducidas al Estatuto por el presente Decreto con Fuerza de Ley, no se considerará ascenso o nombramiento. En consecuencia, los aludidos funcionarios conservarán la antigüedad de sus respectivos empleos para todos los efectos legales y reglamentarios.