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Artículo 7 transitorio del Decreto Con Fuerza de Ley 1

Modifica el estatuto del personal de carabineros de chile

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 97534 / 7231949.

Texto oficial

Artículo 7º.- El Personal de Nombramiento Supremo de Orden y Seguridad que tenga la calidad de Oficial Graduado y que al momento de entrar en vigencia el presente Decreto con Fuerza de Ley se encuentre prestando servicios en Altas Reparticiones o Reparticiones operativas establecidas en el reglamento respectivo, accederá a la asignación policial.