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Artículo 1 TRANSITORIO del Decreto Con Fuerza de Ley 850

Fija el texto refundido, coordinado y sistematizado de la ley nº 15.840, de 1964 y del dfl. nº 206, de 1960

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 97993 / 7232272.

Texto oficial

Artículo 1º transitorio.- Las expropiaciones decretadas antes de entrar en vigor el Acta Constitucional Nº 3, cuya fecha de vigencia es el 13 de septiembre de DL 2.186, de 1978 1976, continuarán rigiéndose hasta su total art. transitorio, perfeccionamiento y pago de las indemnizaciones inc. 1° correspondientes de acuerdo al procedimiento establecido en los artículos 2º al 9º transitorios de la presente ley.