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Artículo 74 del Decreto 98

Aprueba reglamento general de la ley nº19.518, que fija el nuevo estatuto de capacitacion y empleo

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 98442 · idParte: 8467732

Texto oficial

Artículo 74º: Se aplicará el Tramo Dos de multa en las siguientes situaciones: 1. No informar al Servicio las rebajas del valor de la acción de capacitación liquidada. 2. La entrega de información al Servicio errónea o inexacta.