Texto oficial
Artículo 15.- Para efectos de calcular los costos
incrementales de desarrollo, según la definición contenida
en el inciso 2° del artículo N° 4 del DFL N° 70, de
1988, del Ministerio de Obras Públicas, deberá utilizarse
la siguiente fórmula:
j Ii R n (Gi-Go) * (1-t) n Di
E ___ _ __ + E ________________ _ t E ____
i=o i n i=1 i i=1 i
(1+r) (1+r) (1+r) (1+r)
CID = _____________________________________________
n (Qi-Qo)
(1-t) E _________
i=1 i
(1+r)
La definición de las variables consideradas es la
siguiente:
CID = Costo incremental de desarrollo por
unidad, asociado al plan de expansión.
Ii = Inversión anual en el período i
correspondiente al plan de expansión.
R = Valor residual de las inversiones
asociadas al plan de expansión, luego
de transcurridos n años a partir de la
fecha en que éste se inicia.
Gi = Gastos de operación y mantención anuales
incurridos en el período i.
Go = Gastos de operación y mantención anuales
incurridos en la situación base, antes que
se inicie el plan de expansión.
t = Tasa de impuesto vigente.
Di = Depreciación anual correspondiente a
las inversiones del plan de expansión,
en el período i.
Qi = Unidades físicas del bien producido que
son consumidas anualmente en el período i.
Qo = Unidades físicas del bien producido
que son consumidas anualmente en la
situación base, antes que se inicie el
plan de expansión.
r = Tasa de costo de capital.
O = Situación base, previo al inicio del plan
de expansión.
i = Período anual, correspondiente al año i.
j = Número de años considerados en el plan
de expansión.
n = Número de años considerado en el
horizonte de evaluación.