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Artículo 22 del Decreto 453

Aprueba el reglamento del decreto con fuerza de ley n° 70, de 1988, del ministerio de obras publicas, que establece la fijacion de tarifas de servicios de agua potable y alcantarillado

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 98618 / 9066408.

Texto oficial

Artículo 22°.- Los valores estimados para los costos anuales de inversión, operación y mantención, junto a la tasa de impuesto vigente y a la tasa de costo de capital, deberán ser incorporados en las fórmulas que se señalan en los artículos 19° y 20° de este reglamento. INCISOS DEROGADOS Los costos por metro cúbico asociados a volumen incluirán únicamente los costos de operación y mantención asociados al volumen producido o consumido de agua potable y descargado o dispuesto de aguas servidas, según corresponda. Los costos por metro cúbico en período punta asociados a la capacidad de los sistemas, incluirán los costos de inversión asociados al plan de expansión.