Texto oficial
Artículo 22°.- Los valores estimados para los costos
anuales de inversión, operación y mantención, junto a la
tasa de impuesto vigente y a la tasa de costo de capital,
deberán ser incorporados en las fórmulas que se señalan
en los artículos 19° y 20° de este reglamento.
INCISOS DEROGADOS Los costos por metro cúbico asociados
a volumen incluirán únicamente los costos de operación y
mantención asociados al volumen producido o consumido de
agua potable y descargado o dispuesto de aguas servidas,
según corresponda. Los costos por metro cúbico en
período punta asociados a la capacidad de los sistemas,
incluirán los costos de inversión asociados al plan de
expansión.