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Artículo 25 del Decreto 453

Aprueba el reglamento del decreto con fuerza de ley n° 70, de 1988, del ministerio de obras publicas, que establece la fijacion de tarifas de servicios de agua potable y alcantarillado

Estado
Vigente
Fecha de versión según BCN
Identificadores oficiales

idNorma: 98618 · idParte: 9066411

Texto oficial

Artículo 25°.- Los costos marginales de largo plazo se calcularán de la siguiente forma: i) Se calculará el costo total de largo plazo, siguiendo la metodología señalada en el artículo 24" de este reglamento. ii) Se recalculará el costo total de largo plazo considerando un incremento marginal representativo de la variable cuyo efecto en los costos sea necesario conocer. iii) La diferencia entre el valor obtenido en ii) y en i), dividido por el incremento marginal representativo señalado en el inciso precedente, corresponderá al costo marginal de largo plazo. iv) El procedimiento anterior deberá reali- zarse en forma separada para cada una de las variables cuyo impacto en los costos se requiera conocer.