Texto oficial
Artículo 31º.- Los métodos de manejo de CL en caso
de emergencia o accidente, deberán estar establecidos en un
Plan de Emergencia, basado en normas nacionales y a falta de
éstas en normas extranjeras, reconocidas
internacionalmente. El Plan deberá quedar registrado por
escrito y versionado.
El plan de emergencia, el cual debe ser parte tanto del
MSCL como del SGSR, deberá contemplar una organización de
excepción y procedimientos operativos normalizados, que
permitan actuar en forma sistemática, minimizando las
improvisaciones y, por ende, las posibilidades de error, en
el manejo de eventuales emergencias. Dentro de dicha
organización, los encargados de dirigir las acciones
durante la emergencia, deberán tener competencia técnica
adecuada, poseer cabal conocimiento de las instalaciones y
su operación, así como de las posibles emergencias que
puedan ocurrir en la instalación de CL.
El personal que trabaje en las instalaciones deberá
estar capacitado para adoptar las medidas necesarias en caso
de incendio o siniestro, como asimismo, conocer la
ubicación y manejo de los elementos que corresponda
utilizar.