Texto oficial
Artículo 40º.- En las regiones o zonas en que se
exija a las instalaciones de CL un Sistema de Recuperación
de Vapores (SRV), éste deberá ser contemplado en el
diseño y construcción.
Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1004120 / 8741254.