Texto oficial
Artículo 42º.- En los planos y en la documentación
oficial todas las magnitudes físicas se deberán expresar
en las unidades del Sistema Internacional de Unidades (S.I.)
agregando, entre paréntesis, si corresponde, el valor
equivalente en unidades de uso práctico. Además, se
deberá tener presente en la aplicación del presente
reglamento, que todos los valores de presiones indicados en
éste se entenderán como presiones manométricas.