Texto oficial
Artículo 60º.- Los dispositivos de venteo de
emergencia deberán llevar estampada la presión de inicio
de apertura, la presión a la cual la válvula alcanza
apertura total, y la capacidad de flujo a esta última
presión. Además debe indicarse la capacidad de flujo, en
volumen por hora de aire, referido a 15 °C y a una
atmósfera de presión.