Texto oficial
Artículo 92º.- Los tanques sobre superficie en
instalaciones de almacenamiento y/o distribución, que
reciben o transfieren CL de Clase I y II, por oleoductos o
buque-tanque o camión-tanque, deberán seguir
procedimientos escritos formales para evitar el sobrellenado
de los tanques utilizando alguno de los métodos de
protección siguientes:
a) Revisión a intervalos frecuentes por personal presente
durante la recepción del producto con comunicación
frecuente mantenida con el proveedor en caso de que el flujo
deba ser rápidamente detenido o desviado.
b) Tanques equipados con un dispositivo de detección de
alto nivel que es independiente de cualquier equipo de
aforo. La alarma debe ubicarse donde el personal de servicio
pueda disponer la rápida detención o desvío del flujo
durante todas las operaciones de transferencia.
c) Tanques equipados con un sistema independiente de
detección de alto nivel que automáticamente detienen o
desvían el flujo.