Texto oficial
Artículo 122º.- Las válvulas principales de tanques
y aquellas de un diámetro igual o superior a 63 mm (21/2"),
deberán ser de acero, fundición nodular o material de
similares características, de cierre hermético y para una
presión manométrica de operación de 882 kPa (9 kgf/cm2).