Texto oficial
Artículo 193º.- El camión-tanque deberá llevar
letreros visibles que indiquen el logotipo de la compañía
distribuidora de CL y el CL transportado, ubicados en las
válvulas de descarga respectivas.
Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1004120 / 8741450.