Texto oficial
Artículo 212º.- El diseño del oleoducto deberá
considerar sistemas para controlar su corrosión y, además,
permitir el paso de un dispositivo instrumental que permita
evaluar la efectividad del método empleado.
Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1004120 / 8741473.