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Artículo 215 del Decreto 160

Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1004120 / 8741476.

Texto oficial

Artículo 215º.- El plano de trazado deberá destacar, entre otros, lugares poblados, edificios industriales, cruces de cursos de agua, pozos para captación de agua, caminos y vías férreas.