Texto oficial
Artículo 267º.- Los extintores deberán
inspeccionarse de acuerdo a lo establecido en la norma
chilena NCh 2056.Of 1999, "Extintores portátiles -
Inspección, mantención y recarga - Requisitos generales".
Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1004120 / 8741534.