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Artículo 1 del Decreto 160

Aprueba reglamento de seguridad para las instalaciones y operaciones de producción y refinación, transporte, almacenamiento, distribución y abastecimiento de combustibles líquidos

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1004120 / 8741594.

Texto oficial

Artículo 1º.- El diseño y la construcción de las instalaciones que se encuentren en desarrollo a la fecha de entrada en vigencia del presente reglamento, podrá acogerse a la normativa de CL que le era aplicable a la fecha de la solicitud del permiso de edificación.