Texto oficial
Art. 109. Cada autoridad calificadora remite sus propuestas por duplicado al Senado y Directorio, donde deben hallarse todas las de la Nación, publicadas e impresas para el día ocho de septiembre.
Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823
La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005202 / 8771523.