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Artículo 229 de la Ley S/N · Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823

Constitución política del estado de chile, promulgada en 29 de diciembre de 1823

Estado
Vigente
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005202 / 8771652.

Texto oficial

Art. 229. No puede hacer requisiciones ni exigir alguna clase de auxilios, sino por medio de las autoridades civiles y con expreso decreto de éstas.