Texto oficial
Artículo 7º.- El componente base de la asignación de
gestión se pagará mensualmente.
Por su parte, el componente variable se pagará en
cuatro cuotas, en los meses de abril, junio, septiembre y
diciembre de cada año. El monto a pagar en cada cuota será
equivalente al valor acumulado en el período respectivo,
como resultado de la aplicación mensual de dichos
incrementos.