Texto oficial
Artículo 15.- El grado de cumplimiento de cada meta de
desempeño, resultados y calidad de los servicios prestados
se determinará comparando la cifra alcanzada al 31 de
diciembre del año respectivo con la cifra comprometida en
el Convenio. El valor máximo que podrá alcanzar el grado
de cumplimiento de una meta será igual a 100%.
El grado de cumplimiento global de las metas, se
calculará multiplicando el nivel de cumplimiento efectivo
de cada una de ellas, por el ponderador que se les haya
asignado, sumándose luego, todos estos resultados parciales
y expresándose en valor porcentual acumulado final.