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Artículo PRIMERO del Decreto Con Fuerza de Ley 3

Determina sistema de remuneraciones del personal de los tribunales tributarios y aduaneros

Estado
Derogada
Fecha de versión según la Biblioteca del Congreso Nacional (BCN)
Identificador BCN

La Biblioteca del Congreso Nacional (BCN) asigna este código a la norma y al artículo: 1005800 / 8777321.

Texto oficial

Artículo primero.- A partir de la provisión de los cargos de los Tribunales y hasta el 31 de diciembre del primer año de funcionamiento de dichos órganos jurisdiccionales, los funcionarios tendrán derecho a percibir el componente base de un 10% de la asignación de gestión, a que se refiere el artículo 4º del presente decreto con fuerza de ley.