Texto oficial
Artículo 10. Las bases de los concursos a que se
refiere la Ley, deberán considerar, al menos, lo siguiente:
a) Los procedimientos de postulación;
b) La ponderación de las variables de priorización de
terrenos;
c) La ponderación de las variables del interesado;
d) La ponderación de las características de los
proyectos;
e) Los criterios de evaluación técnica y ambiental; y
f) El procedimiento de selección de los proyectos de
planes de manejo.
En el caso del concurso para los pequeños propietarios
forestales, las bases de postulación deberán considerar un
procedimiento simplificado de postulación.